Nuestras condiciones

I. Ámbito de aplicación de los términos, terminología

  1. Nuestras entregas y servicios se realizarán exclusivamente en base a los presentes términos y condiciones comerciales.
  2. Nuestros términos y condiciones comerciales se aplicarán a todas las relaciones comerciales futuras, incluso si estos no se acuerdan expresamente de nuevo.
  3. A continuación, nuestro socio comercial en cuestión se denominará «Cliente», independientemente del tipo de contrato y del estado de la relación comercial en cuestión.
  4. Los términos y condiciones del Cliente contradictorios o que se desvíen de nuestros términos y condiciones generales comerciales solo serán admitidos si se aprueba expresamente su validez por escrito. Nuestros términos y condiciones comerciales se aplicarán incluso si realizamos la entrega al Cliente de forma incondicional a sabiendas de los términos contradictorios o que difieran de nuestros términos y condiciones comerciales generales o no nos opongamos expresamente a ellos.
  5. El Cliente deberá aceptar nuestros términos y condiciones generales comerciales al realizar un pedido con nosotros.

 

II. Oferta y celebración del contrato

  1. Nuestras ofertas no son vinculantes y están sujetas a cambios sin previo aviso. Las declaraciones de aceptación y todos los pedidos requerirán de nuestra confirmación por escrito o télex para tener validez legal. Lo mismo se aplicará para los suplementos, las modificaciones o los acuerdos colaterales.
  2. La documentación perteneciente a nuestras ofertas, tales como ilustraciones, diagramas, declaraciones de peso y dimensiones, serán aproximadas, a menos que se designe expresamente por escrito como vinculante.
  3. Nos reservamos los derechos de propiedad y los derechos de autor de los presupuestos, diagramas y cualquier otro documento. No se podrán poner a disposición de terceros.
  4. El cliente es el único responsable de los documentos que ha de proporcionar, tales como planos, medidas, muestras y similares. El cliente será responsable de garantizar que los planos de trabajo presentados no infrinjan los derechos de propiedad industrial de terceros. No estamos obligados ante el cliente a comprobar si, en caso de ejecución, se infrinjan derechos de propiedad industrial de terceros al presentar ofertas sobre la base de los planos de ejecución enviados en caso de ejecución de los mismos. No obstante, en caso de que la responsabilidad recaiga sobre nosotros, el Cliente deberá indemnizarnos.

 

III. Volumen de la entrega, alteraciones en la construcción

  1. Nuestra confirmación de pedido por escrito será decisiva para el volumen de la entrega. Si el Cliente ha aceptado una oferta presentada por nosotros con carácter vinculante en cuanto al plazo, el contenido de nuestra oferta será determinante ante la falta de confirmación puntual del pedido. La garantía de las propiedades, los acuerdos colaterales y las modificaciones requerirán nuestra confirmación por escrito en cada caso.
  2. Las entregas parciales están permitidas y no representan un defecto material.
  3. Nos reservamos el derecho a realizar cambios en el diseño y la forma en cualquier momento. El Cliente deberá aceptar dichos cambios, siempre y cuando sean razonables para él y no sean fundamentales. No estamos obligados a realizar cambios sobre los productos ya suministrados.

 

IV. Precio, pago

  1. a) Los precios que se indican en nuestra confirmación de pedido son determinantes. Salvo acuerdo específico, se aplicarán de fábrica, excluyendo el embalaje y el impuesto sobre el valor añadido, al importe reglamentario. El embalaje correrá a cargo del Cliente a precio de coste; no se aceptará su devolución.
    b) Si la entrega no se puede realizar dentro de los 4 meses siguientes a la celebración del contrato, tendremos derecho, a falta de un acuerdo específico, a facturar los precios aplicables en la fecha de envío. Lo mismo se aplicará en caso de que la entrega no se pueda realizar hasta 4 meses después de la celebración del contrato por razones de las que sea responsable el cliente.
  2. Siempre que no se indique lo contrario en la confirmación del pedido, nuestras facturas se abonarán de forma neta en un plazo de 30 días.
  3. El cliente solo puede compensar aquellas reclamaciones que sean indiscutibles o hayan sido legalmente establecidas. Esto también se aplicará si el cliente reclama un derecho de retención.
  4. Quedaremos exentos de otras obligaciones de entrega hasta que las facturas debidas hayan sido pagadas en su totalidad.
  5. Tendremos derecho, independientemente de las disposiciones en contra del cliente, a compensar primero los pagos con la deuda más antigua del cliente. Informaremos al Cliente de la naturaleza de la compensación realizada. En caso de que ya se hayan producido gastos e intereses, tendremos derecho a compensar el pago primero con los gastos, luego con los intereses y, en última instancia, con el pago principal.
  6. Un pago solo se considerará realizado en el momento en que podamos disponer del importe. Solo aceptaremos cheques y letras de cambio en caso de acuerdo expreso. En tales casos, el pago no se considerará efectuado hasta que las cantidades nos hayan sido abonadas y hayamos quedado exentos de responsabilidad. En caso de financiación con letras de cambio aceptantes (reversión), el pago del precio de compra se considerará realizado cuando nos liberemos de la responsabilidad de dicha letra de cambio. Los gastos de cheques y facturas correrán a cargo del Cliente.
  7. En caso de que tengamos conocimiento de circunstancias que pongan en duda la solvencia del Cliente, en particular si el Cliente no paga un cheque o una letra de cambio o suspende o ha suspendido el pago, o si tenemos conocimiento de otras circunstancias que cuestionen la solvencia del Cliente, tendremos derecho a hacer que las deudas restantes sean pagaderas inmediatamente o a rescindir el contrato.

 

V. Plazo de entrega

  1. Las fechas o plazos de entrega deberán realizarse por escrito. Se pueden acordar con efecto vinculante o no vinculante.
  2. El plazo de entrega se iniciará con la confirmación del pedido, aunque no antes de la aportación de los documentos, aprobaciones y liberaciones que se deban obtener y antes de la recepción de un pago inicial acordado.
  3. El plazo de entrega será considerado como cumplido si el objeto de la entrega ha salido de nuestra fábrica o si el cliente ha sido notificado de la disponibilidad para el envío antes del vencimiento del plazo de entrega.
  4. No seremos responsables de los retrasos en la entrega o en la ejecución por causa de fuerza mayor e incidentes que nos dificulten o impidan la entrega y de los que no seamos responsables, en particular, huelgas, cierres patronales, órdenes oficiales, etc., aunque se produzcan con nuestros proveedores o sus subproveedores, incluso cuando los plazos o fechas de entrega se hayan acordado como vinculantes. Dichos sucesos nos dan derecho a posponer la entrega o el servicio durante la duración del incidente más un tiempo razonable de inicio. Podemos rescindir parcial o totalmente el contrato por causa de las entregas o servicios o partes de las entregas o servicios aún no ejecutados en la medida en que las incidencias mencionadas en la frase 1 de la presente clausula hayan durado más de 3 meses.
  5. Si el incidente en virtud de la frase 1 de la cláusula V.4 anteriormente mencionada se prolonga durante más de 3 meses, el Cliente tendrá derecho a rescindir el contrato en lo que respecta a la parte aún no cumplida tras fijar un periodo de gracia razonable. Si el plazo de entrega se alarga o si quedamos liberados de nuestra obligación de cumplimiento, el Cliente no podrá derivar de ello ninguna reclamación por daños y perjuicios. Solo podremos recurrir a las circunstancias mencionadas si lo notificamos inmediatamente al Cliente.

 

VI. Transferencia del riesgo y seguro de transporte

  1. El riesgo se transfiere al Cliente en el momento de la entrega al transportista o a la empresa de transportes.
  2. En caso de envíos al extranjero, la transferencia del riesgo se produce cuando la mercancía cruza la frontera; en caso de transporte marítimo, FOB puerto.
  3. En caso de que el envío no pueda realizarse por causas ajenas a nosotros, el riesgo pasará al Cliente en el momento en que se le notifique que está preparado para el envío.
  4. Contrataremos un seguro de transporte a nuestro cargo. Si se producen daños durante el transporte, el Cliente deberá informarnos inmediatamente por escrito y seguir nuestras instrucciones.

 

VII. Defectos de calidad

En caso de defectos de calidad, la elección del derecho de ejecución posterior nos corresponde exclusivamente a nosotros. La responsabilidad por los defectos de calidad será la siguiente:

  1. Las reclamaciones por defectos de calidad prescribirán en 12 meses. Esto no se aplicará en la medida en que la ley prescriba plazos más largos de acuerdo con el § 438, subapartado 1, n.º 2, del Código Civil alemán (artículos para edificios) y en los casos de daños a la vida, la integridad física y la salud en el incumplimiento de las obligaciones por parte del Cliente por dolo o negligencia grave y por ocultación fraudulenta de un defecto. Las disposiciones legales relativas a la suspensión de la prescripción, la suspensión del plazo de prescripción y el reinicio de los plazos no se verán afectadas.
  2. Las reclamaciones por defectos no serán válidas en caso de una desviación insignificante de las especificaciones acordadas y en caso de daños provocados por un uso inadecuado o incorrecto, un montaje o una puesta en marcha defectuosos, un tratamiento defectuoso o negligente por parte del Cliente o de terceros, por el desgaste natural, por un equipamiento de funcionamiento inadecuado, por materiales de sustitución o por información falsa del Cliente o de sus asesores acerca de los requisitos operativos y técnicos y las condiciones químicas/físicas para el uso del objeto entregado.
  3. Solo nos hacemos responsables de los defectos presentes en el material suministrado por el Cliente si deberíamos y podríamos haber reconocido los defectos con la debida diligencia comercial.
  4. En el caso de los productos externos, nuestra responsabilidad en cuanto a la calidad se limitará a la cesión de nuestros derechos de garantía contra nuestros proveedores. El cliente solo tendrá derecho a reclamaciones de garantía contra nosotros de acuerdo con los presentes términos y condiciones en la medida en que el recurso extrajudicial del cliente contra el productor haya sido infructuoso, sin que el cliente haya ocasionado tal infructuosidad de manera responsable.
  5. El Cliente deberá notificarnos por escrito y sin demora un defecto, a más tardar una semana después de haber recibido el objeto de la entrega. Los defectos que no hayan podido ser descubiertos dentro de este plazo, incluso después de una revisión minuciosa, se nos deberán notificar por escrito inmediatamente después de haber sido descubiertos.
  6. En primer lugar, se nos concederá la oportunidad de subsanar el defecto en un plazo razonable. Si el cumplimiento posterior no se produce, el cliente podrá rescindir el contrato o exigir una reducción del precio de compra, sin perjuicio de todas las reclamaciones por daños y perjuicios.
  7. Las reclamaciones del cliente por los gastos incurridos a efectos del cumplimiento posterior, concretamente los gastos de transporte, de viaje, de mano de obra y de material, quedarán excluidas en la medida en que los gastos aumenten porque el objeto de la entrega se haya trasladado posteriormente a otro lugar distinto de la sede del cliente, a menos que dicho traslado corresponda a su uso previsto. El cumplimiento posterior quedará excluido siempre y cuando solo sea posible realizarlo con medios desproporcionados.
  8. La responsabilidad por el desgaste habitual queda excluida.
  9. Las reclamaciones por defectos de calidad contra nosotros solo corresponden a nuestra parte contractual directa en el caso en cuestión y no son transferibles.
  10. Aparte de esto, la sección VIII. se aplicará para las reclamaciones de daños y perjuicios. Quedan excluidas las reclamaciones del Cliente contra nosotros o nuestros delegados por un defecto de calidad superior o diferente a los regulados en el presente apartado.

 

VIII. Reclamaciones por daños

  1. Las reclamaciones por daños y perjuicios y el reembolso de los gastos del Cliente por cualquier motivo legal, en particular por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la relación contractual y de la responsabilidad extracontractual, quedan excluidas.
  2. Esto no se aplicará en la medida en que exista una responsabilidad obligatoria, por ejemplo, de acuerdo con la Ley de Responsabilidad por Productos, en los casos de dolo, negligencia grave, lesiones a la vida, la integridad física y la salud y el incumplimiento de las obligaciones que constituyen la base del contrato. No obstante, las reclamaciones de daños y perjuicios por el incumplimiento de obligaciones contractuales fundamentales se limitarán a los daños previsibles típicos del contrato, siempre que no exista responsabilidad por dolo, negligencia grave, lesiones a la vida, la integridad física y la salud. Una modificación de la carga de la prueba en detrimento del Cliente no estará relacionada con la presente regulación.
  3. En la medida en que el cliente tenga derecho a reclamaciones por daños y perjuicios de acuerdo con la disposición anterior, dichas reclamaciones prescribirán al vencer los plazos de prescripción aplicables a las reclamaciones por defectos de calidad. En las reclamaciones por daños y perjuicios de acuerdo a la Ley de Responsabilidad por Productos se aplicarán las disposiciones legales de prescripción.
  4. Nuestra responsabilidad está limitada al 20 % del importe del contrato. Esto no se aplicará en la medida en que exista responsabilidad por dolo, negligencia grave, lesiones a la vida, a la integridad física y a la salud.

 

IX. Derecho de retención, cesión a título de garantía

  1. Hasta el cumplimiento de todas las reclamaciones (incluidas todas las reclamaciones de saldos de cuentas corrientes) que nos correspondan contra el Cliente ahora o en el futuro, independientemente de la razón legal, se nos concederán las siguientes garantías, y las liberaremos a nuestra discreción a petición, en la medida en que su valor supere de forma sostenida las reclamaciones en más del 20 %. Si hemos negociado letras de cambio aceptantes (reversión) para obtener el pago del precio de compra, las siguientes garantías seguirán existiendo hasta que nos hayamos liberado de la responsabilidad de la letra de cambio.
  2. Las mercancías seguirán siendo de nuestra propiedad; el procesamiento o la remodelación se harán siempre en nuestro nombre como fabricante, aunque sin obligación para nosotros. Si nuestra propiedad o copropiedad vence como resultado de la combinación, se acuerda aquí y ahora que la propiedad o copropiedad del Cliente sobre la mercancía combinada pasará a nosotros en relación con la proporción del valor de la factura. El cliente deberá mantener nuestra propiedad o copropiedad de forma gratuita. Las mercancías cuya propiedad o copropiedad nos corresponda se denominarán en lo sucesivo mercancías acondicionadas.
  3. El Cliente tendrá derecho a procesar y vender la mercancía acondicionada en el curso normal del negocio siempre y cuando no esté en mora. No se permitirán pignoraciones o transferencias de propiedad a modo de garantía. Las reclamaciones resultantes de la venta de la mercancía acondicionada o de cualquier otra razón legal (seguro, agravio) relativas a la mercancía acondicionada (incluyendo todas las reclamaciones de saldo de cuentas corrientes) serán en adelante cedidas a nosotros por el Cliente en toda su extensión a modo de garantía. Aceptamos la cesión. Otorgamos un poder revocable para cobrar los créditos cedidos a nosotros en su propio nombre y por nuestra cuenta. Este poder de cobro solo se podrá revocar si el Cliente no cumple debidamente con sus obligaciones de pago hacia nosotros.
  4. En caso de intervenciones de terceros en la mercancía acondicionada, el Cliente estará obligado a mencionar nuestra propiedad y a notificárnoslo de inmediato.
  5. En caso de incumplimiento del contrato por parte del Cliente, y en particular en caso de demora en el pago, tenemos derecho a recuperar la mercancía acondicionada o, en su caso, a exigir la cesión de los derechos de devolución del Cliente frente a terceros. La devolución y la incautación de la mercancía acondicionada no constituirán una rescisión del contrato.

 

X. Reclamación de daños y perjuicios a tanto alzado

Si el Cliente rescinde el contrato sin justificación, estará obligado a pagarnos a tanto alzado una indemnización por daños y perjuicios del 15 % del precio neto de compra, a menos que el Cliente demuestre que no se ha producido ningún daño o que dicho daño ha sido considerablemente inferior a la cantidad a tanto alzado. Por otra parte, nos reservamos el derecho a reclamar daños y perjuicios inusualmente elevados en vez de la indemnización a tanto alzado en casos individuales.

 

XI. Imposibilidad de ejecución; adaptación del contrato

  1. En caso de que la entrega sea imposible, el Cliente solo tendrá derecho a exigir una indemnización por daños y perjuicios siempre y cuando seamos responsables de dicha imposibilidad. No obstante, la reclamación de daños y perjuicios por parte del cliente quedará limitada al 10 % del importe que corresponda a la parte del suministro que no se haya podido poner en funcionamiento como consecuencia de la imposibilidad. Esta limitación no se aplicará cuando se trate de una responsabilidad obligatoria basada en el dolo, la negligencia grave o el perjuicio para la vida, la integridad física o la salud; esto no supone una modificación de la carga de la prueba en detrimento del Cliente. El derecho del Cliente a rescindir el contrato no se verá afectado.
  2. En caso de que incidentes imprevistos modifiquen considerablemente la importancia económica o el contenido de la entrega y repercutan considerablemente en nuestras operaciones, el contrato se adaptará en consecuencia de buena fe. En la medida en que esto no sea justificable desde el punto de vista económico, tenemos el derecho de rescindir el contrato. Informaremos al Cliente de ello de inmediato, incluso en los casos en los que se haya acordado una ampliación del plazo de entrega con el Cliente.

 

XII. Lugar de ejecución; lugar de jurisdicción

  1. El lugar de ejecución es Knittlingen.
  2. El lugar de jurisdicción exclusiva para cualquier litigio resultante directa o indirectamente de la relación contractual es Maulbronn. Esto también se aplica a los procedimientos relacionados con documentos, cheques o letras de cambio. No obstante, también tendremos derecho, a nuestra elección, a interponer una demanda en el lugar de la sede del Cliente.

 

XIII. Ley aplicable, ineficacia parcial

  1. Las presentes relaciones comerciales y las relaciones jurídicas entre el Cliente y nosotros se regirán por las leyes de la República Federal de Alemania, excluyéndose la ley uniforme de compra-venta internacional.
  2. En caso de que una disposición sea o quede sin efecto en el marco de otros acuerdos, la validez de cualquier otra disposición o acuerdo no se verá afectada.

 

XIV. Almacenamiento de datos

Los datos derivados de la relación contractual podrán ser almacenados por nosotros.

 

XV. Condiciones del control de exportaciones

  1. Cumplimiento de la normativa de control de exportacione
    a) Si el Comprador transfiere bienes (hardware o software o tecnología, así como la documentación asociada, independientemente del modo en que se pongan a disposición) entregados por KIESELMANN o trabajos y servicios (incluido todo tipo de soporte técnico) prestados por KIESELMANN a un tercero en este país o en el extranjero, el Comprador deberá cumplir con todas las disposiciones aplicables de la legislación nacional e internacional de (re)exportación.
    b) En caso de que se requiera para la realización de inspecciones de control de exportaciones, el Comprador facilitará sin demora a KIESELMANN, cuando se le solicite, toda la información relativa al destinatario final, destino final y uso previsto de las mercancías entregadas o de los trabajos y servicios prestados por KIESELMANN, así como las restricciones de control de exportación existentes.
  2. Cláusula de reserva
    La obligación de KIESELMANN de cumplir este contrato está sujeta a la condición de que dicho cumplimiento no se vea impedido por ningún impedimento derivado de las regulaciones nacionales e internacionales relativas al comercio exterior y a las aduanas, así como por embargos u otras sanciones.
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